El artículo 134 de la Constitución española no deja mucho margen a la interpretación. “El Gobierno deberá presentar ante el Congreso de los Diputados los Presupuestos Generales del Estado al menos tres meses antes de la expiración de los del año anterior.” Deberá. No podrá. No valorará. Deberá.
Y sin embargo, España lleva tres años sin presupuestos nuevos. Los de 2023 se han prorrogado automáticamente para 2024, 2025 y 2026, un récord en la historia democrática del país. El Senado, controlado por el PP, ha decidido llevar esa situación al Tribunal Constitucional (TC), el órgano que interpreta la ley fundamental del Estado. La pregunta que le plantea es directa: ¿puede el Gobierno ignorar indefinidamente una obligación constitucional?
El 24 de febrero de 2026, el Pleno del TC admitió a trámite el caso por unanimidad. Es la primera vez que el tribunal examina si puede obligar al Ejecutivo a presentar unos presupuestos. Y la respuesta, como casi todo en derecho constitucional, depende de dónde termina la ley y dónde empieza la política.
Qué ha pasado exactamente y por qué importa
El mecanismo que ha activado el Senado se llama “conflicto entre órganos constitucionales”, regulado en los artículos 73 a 75 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC). Es un procedimiento que existe para resolver disputas entre las grandes instituciones del Estado: Gobierno, Congreso, Senado y Consejo General del Poder Judicial. Funciona cuando uno de estos órganos considera que otro ha invadido sus competencias o le ha impedido ejercer las que le corresponden.
La cronología del caso es la siguiente. El 22 de octubre de 2025, el Pleno del Senado aprobó por 144 votos a favor enviar un requerimiento formal al Gobierno exigiéndole que presentara los presupuestos. El Gobierno no respondió en el plazo de un mes que marca la ley. El 23 de diciembre de 2025, el Senado formalizó el conflicto ante el TC. Y el 24 de febrero de 2026, los 12 magistrados del tribunal admitieron unánimemente el caso a trámite, con la magistrada Laura Díez como ponente. La referencia oficial es el conflicto n.o 8992-2025, publicado en el BOE el 28 de febrero.
El Senado pide tres cosas: que el TC declare que el Gobierno ha vulnerado las competencias presupuestarias de las Cortes Generales; que declare inconstitucionales las prórrogas presupuestarias de 2024, 2025 y 2026; y que fije un plazo máximo para que el Gobierno presente el proyecto de ley de presupuestos de 2026.
¿Por qué el Gobierno no presenta presupuestos?
La respuesta corta: porque no tiene los votos para aprobarlos.
El Gobierno de Pedro Sánchez gobierna en minoría, y la aritmética parlamentaria se ha vuelto imposible. En noviembre de 2025, el Congreso tumbó la “senda de estabilidad” –el paso previo obligatorio para elaborar unos presupuestos– con los votos del PP, Vox, Junts y UPN. Sin esa senda aprobada, el proceso presupuestario ni siquiera puede arrancar formalmente.
Los posibles aliados del Gobierno han puesto condiciones que resultan incompatibles entre sí. Junts exige la ejecución de 50.000 millones de euros en compromisos pendientes y que el catalán sea lengua oficial de la UE. ERC reclama un modelo de financiación singular para Cataluña y la condonación de 17.104 millones de euros de deuda catalana. Podemos, con cuatro diputados que pueden ser decisivos, ha llegado a declarar la legislatura “muerta”.
El resultado es un Gobierno que ha optado por gobernar con los presupuestos prorrogados antes que presentar un proyecto destinado al fracaso parlamentario. El propio Sánchez ha defendido esta estrategia, asegurando que los presupuestos prorrogados “le sientan bien a España” y que no convocará elecciones hasta 2027.
La trampa constitucional: obligación sin castigo
Aquí es donde el caso se pone interesante para cualquiera que no sea jurista.
La Constitución dice claramente que el Gobierno “deberá” presentar presupuestos. Pero también dice, en el siguiente apartado (artículo 134.4), que si no se aprueban nuevos presupuestos antes del 1 de enero, los anteriores se prorrogan automáticamente. Es decir: la propia Constitución prevé que puede no haber presupuestos nuevos y establece un mecanismo para que el Estado siga funcionando.
Esa doble previsión es el nudo del problema. El Gobierno argumenta que no se le puede obligar a presentar un proyecto que sería rechazado de inmediato. Los constitucionalistas están divididos.
Javier Tajadura, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad del País Vasco, lo ve claro: no presentar presupuestos es “un incumplimiento muy grave y un ataque sin precedentes al Parlamento, al que se priva de su posibilidad de controlar al Gobierno y hacer oposición en el debate de presupuestos”.
Pero Miguel Revenga, catedrático en la Universidad de Cádiz, advierte que una declaración de incumplimiento “jamás podría transformarse en una obligación de hacer”. Para Revenga, es “muy improbable que el tribunal fuera tan lejos como para señalar un plazo de cumplimiento”.
Qué puede decidir el Tribunal Constitucional
El TC tiene ante sí un caso sin precedentes en la democracia española y sin equivalente conocido en Europa. Ningún tribunal constitucional europeo ha obligado nunca a un gobierno a presentar un proyecto de presupuestos.
Según el artículo 75 de la LOTC, la sentencia en un conflicto entre órganos constitucionales determina a quién corresponde la competencia disputada y puede anular los actos que la vulneraron. Pero ese artículo fue diseñado para conflictos donde un órgano hace algo que invade las competencias de otro. Aquí el problema es lo contrario: el Gobierno no ha hecho nada. Es lo que los juristas llaman “inconstitucionalidad por omisión”, una figura que no existe formalmente en el sistema constitucional español.
Los expertos anticipan tres escenarios posibles:
Escenario 1: sentencia declarativa. El TC reconoce que el Gobierno tiene la obligación de presentar presupuestos y que no hacerlo vulnera las competencias del Senado, pero no impone ningún plazo ni remedio concreto. Es la opción más probable según la mayoría de constitucionalistas. Tendría peso político y moral, pero ningún efecto coercitivo.
Escenario 2: sentencia con plazo. El TC va más allá y fija un plazo máximo para que el Gobierno presente el proyecto de ley. Agustín Ruiz Robledo, catedrático en la Universidad de Granada, considera esta opción “factible”, aunque reconoce que “no tenemos precedentes estrictos que nos permitan aplicarlos a este caso”.
Escenario 3: el TC evita pronunciarse sobre el fondo. El tribunal podría acotar al máximo su resolución, reconociendo la obligación teórica pero argumentando que las circunstancias políticas no permiten exigirla en la práctica.
El factor Pumpido y la mayoría progresista
El TC tiene actualmente una mayoría progresista de siete magistrados frente a cinco conservadores, encabezada por su presidente, Cándido Conde-Pumpido. Según informaciones publicadas por Libertad Digital el 5 de marzo de 2026, Pumpido estaría estudiando una fórmula para dar al Gobierno un “pequeño tirón de orejas” sobre la importancia de aprobar presupuestos, pero validando al mismo tiempo que es constitucional seguir gobernando sin ellos.
Esa fórmula encajaría con el escenario 1: una sentencia que reconoce el problema pero no lo resuelve.
La unanimidad en la admisión del caso, sin embargo, sugiere que incluso los magistrados progresistas consideran que hay una cuestión constitucional legítima que resolver. Admitir a trámite no prejuzga el fallo, pero sí significa que el tribunal no ha descartado el caso como una mera disputa política.
El único precedente relevante
Solo hay un conflicto entre órganos constitucionales resuelto antes por el TC: la sentencia 124/2018, de 14 de noviembre de 2018. En aquel caso, el Congreso denunció que el Gobierno de Mariano Rajoy, en funciones tras la moción de censura, se negaba a someterse al control parlamentario. El TC falló por unanimidad a favor del Congreso, declarando que la función de control parlamentario no se suspende porque el Gobierno esté en funciones.
El precedente es útil porque demuestra que el TC está dispuesto a proteger las funciones del Parlamento frente a la resistencia del Gobierno. Pero hay una diferencia clave: en 2018 el Gobierno hizo algo activo (negarse a comparecer). Aquí el problema es una omisión, y obligar a actuar es jurídicamente mucho más difícil que prohibir una acción.
Qué significa para ti que España lleve tres años sin presupuestos
Quizás pienses que esto es un asunto entre instituciones que no te afecta directamente. No es así.
Con presupuestos prorrogados, los techos de gasto quedan congelados en los niveles de 2023. Eso significa que no se pueden lanzar nuevas inversiones en infraestructuras –los 12.635 millones asignados en 2023 no se han actualizado–, que las subidas salariales de los empleados públicos se complican, y que cualquier nueva prioridad política –vivienda, transición energética, defensa– no puede incorporarse al presupuesto.
La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF), el organismo que vigila las cuentas públicas, ha advertido de que la prórroga prolongada debilita “la planificación y la rendición de cuentas”. Dicho de otro modo: si el Parlamento no puede debatir y enmendar los presupuestos, pierde su herramienta más importante para controlar al Gobierno. Como escribieron los juristas Marta Urbano y Germán Teruel en la Fundación Hay Derecho, no presentar presupuestos “vulnera las funciones constitucionalmente asignadas al Parlamento” y rompe un principio básico del constitucionalismo: no hay impuestos sin representación.
Qué viene ahora
El Gobierno tiene un mes desde la notificación del TC para presentar sus alegaciones. El Congreso y el Consejo General del Poder Judicial pueden intervenir en el procedimiento. Después, el tribunal tiene otro mes para dictar sentencia, aunque en la práctica estos plazos suelen alargarse. La resolución podría llegar entre finales de primavera y el verano de 2026.
Sea cual sea el fallo, el TC no resolverá el problema de fondo: un Gobierno sin mayoría parlamentaria para aprobar presupuestos y sin voluntad de convocar elecciones. Si el tribunal declara que hay incumplimiento pero no impone un plazo, el Gobierno podrá asumir el coste político de la sentencia y seguir gobernando con los presupuestos prorrogados. Si fija un plazo, abrirá un terreno constitucional completamente inexplorado: ¿qué pasa si el Gobierno presenta los presupuestos y el Congreso los tumba? ¿Se vuelve a la casilla de salida?
Lo que el TC sí puede hacer es algo más sutil: establecer que la prórroga presupuestaria no es un comodín que se pueda usar indefinidamente, sino un mecanismo excepcional. Eso no obligaría al Gobierno a presentar presupuestos mañana, pero sí dejaría escrito, con rango de doctrina constitucional, que gobernar sin ellos año tras año no es normal. Y en democracia, que un tribunal tenga que recordar eso ya dice mucho.